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Es habitual que haya dudas con respecto a la obligación ITE edificios en Madrid. La Inspección Técnica de Edificios es una inspección de carácter obligatorio a través de la cual se comprueban las condiciones de seguridad, consolidación y estabilización de un inmueble.

La ITE debe ser superada por todo tipo de edificaciones, y se encuentra regulada por la normativa de cada ayuntamiento. Dado el caso de que un municipio no cuente con ella, se aplicará la legislación a nivel nacional. En esta última se determina que debe ser superada por todo edificio que tenga más de 50 años de antigüedad y que se encuentre ubicado en municipios de más de 25.000 habitantes. Así aparece reflejado en el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio. En Vertialis te ayudamos a revisar tu edificio y llevar a cabo las actuaciones oportunas para que puedas superar con éxito esta obligación de ITE en edificios.

ITE Edificios

¿Qué es la Inspección Técnica de Edificios?

La Inspección Técnica de Edificios (ITE) es una inspección visual en la que se hace una comprobación de las condiciones de estabilidad, seguridad y consolidación de un edificio. De esta forma, se evalúa el estado de diferentes elementos, como:

  • Fachadas interiores, exteriores, medianeras…
  • Cimentación y estructura.
  • Redes generales de saneamiento y fontanería.
  • Azoteas y cubiertas.
  • Elementos de accesibilidad.

La normativa que se encarga de regular la obligación ITE edificios en Madrid es la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones. Sin embargo, con la entrada en vigor del Decreto 103/2016 de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento ha empezado a solicitar el Informe de Evaluación de Edificios (IEE).

El IEE es un documento completo con el que se valora el estado de accesibilidad, conservación y eficiencia energética del edificio. Como expertos en todo tipo de trabajos verticales en Madrid, en Vertialis te ayudamos a cumplir con la normativa vigente. Nuestros profesionales realizarán una evaluación del inmueble y, dado el caso, determinarán las actuaciones a realizar para cumplir con la obligación ITE edificios. Contáctanos sin compromiso.

El Informe de Evaluación de Edificios sustituye a la ITE, ampliando su contenido con dos herramientas, y es muy útil para que los propietarios puedan acreditar que su edificio se encuentra en buen estado. La inspección técnica tendrá que ser llevada a cabo por un técnico facultativo competente: ingenieros, arquitectos o aparejadores.

De forma resumida, podemos destacar que la ITE es similar a la ITV de un vehículo. De esta manera, se realiza una inspección visual que permite confirmar que un inmueble es seguro tanto para los residentes del edificio como para los transeúntes. En Madrid, la obligación ITE edificios establece que deben superarla los inmuebles de más de 50 años y deben hacerlo cada 10 años.

Una vez que el técnico cualificado ha realizado la inspección, debe expedir un certificado de aptitud que es entregado al organismo oficial de la comunidad autónoma.

Inspección Técnica de Edificios en Madrid

¿Cuándo se tiene que pasar la obligación de ITE de un edificio?

Lo más habitual es que los edificios de tipología colectiva y uso residencia deben superar la Inspección Técnica de Edificios cuando se cumpla un máximo de 50 años de antigüedad de los mismos. Esa es la obligación ITE edificio general, para que, una vez superada esa primera inspección, tenga que volver a realizarse, como mínimo, cada 10 años.

Estos plazos vienen determinados por diferentes estudios, que han podido demostrar que, una vez alcanzado el medio siglo de vida de un inmueble, es posible que las viviendas comiencen a experimentar algunos problemas. De ellos es necesario ocuparse de manera rápida y eficaz, evitando que pueda haber elementos en mal estado o afectados que puedan acabar provocando un problema o un riesgo para los inquilinos o los viandantes.

No obstante, como expertos en trabajos de altura y restauración de edificios, somos conscientes de que en ocasiones el plazo medio se puede reducir como consecuencia de las condiciones climatológicas y otros factores que puedan afectar localmente al inmueble. De hecho, en el caso concreto de Madrid, la primera inspección se establece en 30 años.

¿Cuánto cuesta pasar la obligación ITE edificio en Madrid?

En lo que respecta al precio de la obligación ITE edificio, hay que destacar que no existe un precio único y estándar para una Inspección Técnica de Edificios. Esto se debe a que hay varios factores que influyen en su precio final. Estos son los siguientes:

  • Tamaño del edificio. El coste varía en función del tamaño del inmueble. De esta forma, varían según el número de viviendas y la complejidad que tiene el inmueble. De media se sitúa entre los 300 y los 1.200 euros, siendo más elevados para edificios grandes con espacios comunes complejos.
  • Estado de conservación. Los inmuebles en buen estado son más económicos, mientras que los que poseen patologías estructurales, necesitan de informes más detallados. A ello habrá que sumar la posible necesidad de una nueva inspección si el informe es desfavorable.
  • Ubicación geográfica. La zona en la que se encuentre el edificio también influye en el precio de la Inspección Técnica de Edificios. De esta forma, es más caro en el Centro de Madrid que en la periferia o zonas menos concurridas. También influye los costos de transporte del técnico y el tiempo empleado en la inspección.
  • Tipo de profesional contratado. El profesional contratado para realizar la ITE es clave para fijar el precio. Cobran más los arquitectos especializados que los aparejadores. Además, también influye el prestigio del profesional. Es importante que sean profesionales certificados y registrados.
normativa ITE Edificios

¿Qué pasa si no se cumple con la obligación ITE edificio en Madrid?

Dado el caso de que durante una inspección técnica de edificios se detecte algún tipo de problema grave, que pueda afectar a la seguridad de viandantes o los propios inquilinos, debes contactar con expertos en trabajos verticales en Madrid como Vertialis. La comunidad de vecinos tendría que, en estos casos, contratar a profesionales para que gestione las obras. Así se podrán subsanar los defectos detectados y obtener el correspondiente certificado.

La restauración de edificios es un trabajo exigente y complejo en el que hay que tener en cuenta una gran cantidad de factores de naturaleza muy diferente. En nuestra empresa de reformas verticales estamos especializados en este tipo de obras. De esta manera, podemos llevar a cabo la rehabilitación de patios, terrazas, etcétera.

A la hora de llevar a cabo la reparación de un inmueble que pueda hacer que se supere con éxito la obligación ITE Madrid, hay que tener en cuenta la época de construcción del inmueble. De esta forma se podrán conocer las técnicas de construcción empleadas y los materiales usados. En Vertialis disponemos de profesionales altamente cualificados capaces de analizar todas las áreas del edificio y poder determinar las mejores actuaciones.

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Sanciones por no cumplir con la obligación ITE edificio en Madrid

Si una vez transcurrido el plazo para realizar la ITE esta no se ha realizado, el órgano competente puede dar orden para su práctica inmediata. En ese caso se dará un plazo de dos meses para que sea llevada a cabo.

Si se continúa en el incumplimiento, podrá incoarse un procedimiento sancionador. Además, podrían imponerse hasta tres multas coercitivas, con una cuantía de 1.000 euros, 2.000 euros y 3.000 euros. En estos casos, tras cada una de estas sanciones, se dará un nuevo plazo de 2 meses para que se pueda cumplir con la obligación ITE edificio.

Si se llega al último periodo de dos meses tras haber sido sancionado por tercera vez, y no se ha acreditado la realización de la Inspección Técnica de Edificios, podrá iniciarse una ejecución forzosa. En ella se implicará la intervención de un tercero para dar cumplimiento a la obligación.

No hay que olvidar que no realizar la ITE es un gran riesgo para los habitantes del edificio. Y también lo es para los viandantes, contando con las consecuentes responsabilidades legales en el caso de que se produzcan accidentes o daños por culpa de defectos que deberían ser subsanados.

¿Dónde se debe presentar la ITE?

Una inspección oficial de la ITE tan solo será válida en el caso de que sea llevada a cabo por un técnico competente que acredite su homologación. Este documento oficial describe distintos datos como sus dimensiones, año de construcción, estado de conservación y otras características del inmueble.

Por esta razón, se debe presentar el formulario de Referencia Catastral que corresponde, adjuntando para ello una Declaración Jurada Responsable del técnico competente. Asimismo, junto a este documento habrá que adjuntar una copia del certificado de eficiencia energética en vigor del inmueble.

A partir de ese momento en el que se expida el informe, los propietarios contará con un plazo de 3 meses para hacer entrega de la documentación en la oficina del ayuntamiento que corresponda.

Los gobiernos autonómicos son los encargados de supervisar el cumplimiento de las ordenadas de conservación de cada edificio. Estos son, de hecho, los encargados de indicar la antigüedad límite a partir de la que el inmueble debe superar la inspección.

En Vertialis te ayudamos a cumplir con la obligación ITE edificios en Madrid. Podremos hacer una revisión previa a la Inspección Técnica de Edificios y subsanar cualquier posible deficiencia como empresa de referencia en trabajos verticales y reformas.

Preguntas frecuentes sobre la obligación ITE edificios en Madrid

Es importante saber si un edificio ha pasado la ITE para comprobar si se está cumpliendo con la normativa vigente y no acabar siendo sancionado por no hacerlo. La obligación TIE edificios en Madrid es una cuestión que habitualmente genera muchas dudas y preocupaciones, por lo que en Vertialis, como expertos en todo tipo de trabajos en altura (instalación de ventanas Velux, rehabilitación de fachadas protegidas, arreglo de goteras…) hemos reunido las más habituales para resolverlas:

¿Quién puede llevar a cabo las inspecciones técnicas de edificios?

Las propiedades de los edificios y construcciones son quienes deben contratar a técnicos cualificados y certificados para poder ejercer la profesión. Para cumplir con la obligación ITE edificios en Madrid deben acudir técnicos competentes para proyectar o dirigir las obras de cada tipo de edificio. Por lo tanto, deben ser inspeccionados por arquitectos o arquitectos técnicos.

¿Es suficiente la inspección visual para cumplir con la obligación ITE edificios en Madrid?

Para cumplir con la obligación ITE de edificios en Madrid puede ser suficiente con la inspección visual. Sin embargo, solo es válida si es suficiente para cumplir con todas las determinaciones que recoge el artículo 19 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones.  Si no es así, se deben realizar las pruebas o ensayos complementarios que sean necesarios.

¿Qué datos se pueden dar a conocer sobre la ITE?

Los datos objetivos, como si es favorable o desfavorable una inspección técnica de edificio, el tipo de daños (si existen) o la fecha de construcción, son datos públicos. Por lo tanto, se pueden transmitir a cualquier persona que haga una consulta. No ocurre lo mismo con los datos con contenido subjetivo, como identificación de personas, teléfonos o direcciones. Estos últimos solo se podrán manifestar previa acreditación de interés legítimo, mediante procedimiento de vista y audiencia del expediente, de acuerdo a los requisitos exigidos por la legislación vigente.

¿Se interpone una multa por no cumplir con la obligación ITE edificios en Madrid?

El incumplimiento de la obligación ITE de edificios en Madrid podría dar lugar a una sanción. Si no se realiza en el plazo oportuno, se puede ordenar su práctica inmediata, con un plazo de 2 meses para su realización. Si persiste el incumplimiento se puede incoar procedimiento sancionador. Con el puede haber lugar a tres multas por importes de mil, dos mil y tres mil euros. Tras cada una de ellas habrá 2 meses de plazo para ponerse al día.